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El secreto de un alquiler seguro es un buen inquilino

nuestra guía de alquiler

Tu tranquilidad, nuestra prioridad

el inquilino

Nos tomamos muy en serio la selección del inquilino.
Antes de presentar cualquier candidato, realizamos:

  • Filtro de solvencia económica y laboral.

  • Revisión documental completa: nóminas, contratos, referencias anteriores, etc.

  • Entrevista personal para asegurarnos del perfil y compatibilidad con el inmueble.

Solo cuando el propietario aprueba al candidato, avanzamos con el contrato.

el contrato

Redactamos el contrato conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), adaptado a cada caso.
Incluye:

  • Duración del arrendamiento y prórrogas.

  • Fianza y garantías adicionales.

  • Responsabilidades de cada parte (mantenimientos, reparaciones, seguros, etc.).

  • Inventario detallado si aplica.

 


FAQS

 

No, en los nuevos contratos de alquiler de vivienda habitual, el precio de alquiler en Barcelona está limitado. Esto significa que la cuota de cada vivienda tiene un máximo fijado por la norma.

El tope de precios no se aplica en los siguientes casos:

  1. Vivienda no destinada a residencia habitual
    Si el alquiler no es de vivienda habitual (por ejemplo, alquiler temporal por motivos laborales, de estudios, o de temporada), no se aplica el índice ni la limitación de precio.

  2. Vivienda nueva o rehabilitada recientemente

    • Viviendas de nueva construcción o rehabilitadas integralmente durante los últimos 5 años (desde la obtención de la cédula o licencia) pueden fijar libremente el precio del alquiler.

    • La condición es que sea el primer contrato tras la obra nueva o rehabilitación.

  3. Grandes tenedores con vivienda recién incorporada al mercado
    Si un gran tenedor (más de 5 o 10 viviendas, según el caso) pone una vivienda nueva en alquiler por primera vez, puede fijar el precio según el índice, pero con ciertas flexibilidades (depende del tipo de inmueble y su calificación).

  4. Contratos anteriores a la declaración de zona tensionada
    Si el contrato se firmó antes de que la zona fuera declarada tensionada, el precio pactado no se ajusta al índice hasta que se renueve o firme uno nuevo.

  5. Viviendas de lujo o con características singulares
    En algunos casos, cuando el inmueble tiene características excepcionales (por ejemplo, superficie muy superior al promedio o equipamientos especiales), el arrendador puede justificar un precio superior al del índice, siempre que lo motive adecuadamente.

  6. Arrendamientos sujetos a regímenes especiales
    No se aplica el límite en viviendas de:

    • Protección oficial (VPO) o regímenes públicos específicos, que ya tienen su propio sistema de precios.

    • Arrendamientos turísticos, habitaciones, o usos distintos de vivienda habitual (local, oficina, etc.).

El precio máximo de alquiler viene marcado por la parte alta de la horquilla de precios del índice establecido por el Estado. O sea, este índice da un rango de precios que va desde el precio más bajo al precio más alto.

Este es el margen de negociación que existe dentro de la regulación marcada por el índice que la persona propietaria y persona arrendataria tendrán que pactar.

El precio máximo de alquiler dependerá de si la propiedad es o no gran tenedora:

  • Si la propiedad es gran tenedora, el precio del alquiler obligatoriamente será el menor de estos dos precios:
    • Lo que resulte de aplicar el índice de referencia.
    • Si la vivienda ha sido alquilada en los últimos 5 años, lo que resulte de actualizar la renta del contrato de arrendamiento anterior.

Si la renta de este último contrato resultase superior a la que resultaría de aplicar el índice de referencia, el gran tenedor obligatoriamente deberá aplicar la fijada en ese índice.

Si en los últimos cinco años no ha estado vigente ningún contrato de arrendamiento, la renta será la que fije el índice de referencia.

Si la propiedad NO es gran tenedora, deberá fijar obligatoriamente la renta del contrato anterior que hubiera estado vigente sobre la vivienda en los últimos 5 años. La ley permite que, si el índice de referencia fija una renta inferior, la propiedad voluntariamente (no está obligada) podría optar por establecer la fijada en el índice de referencia.

Si en los últimos cinco años no ha estado vigente ningún contrato de arrendamiento, la renta será la que fije el índice de referencia.

El rango de precios fijados (índice de referencia) se puede consultar únicamente en el índice de referencia de precios del alquiler del Estado.

En Barcelona, se aplica a todos aquellos contratos firmados después de la publicación del índice de referencia de precios de alquiler. Nueva ley de vivienda 26 de mayo

Solo se puede incrementar el precio de alquiler del contrato anterior, hasta un máximo del 10%, si se cumple alguna de estas condiciones:

  • La vivienda se ha rehabilitado o se han realizado mejoras en temas de eficiencia energética o accesibilidad en los dos años anteriores al nuevo contrato.
  • El nuevo contrato se firma por un período de 10 o más años o se fija un derecho de prórroga de 10 o más años al que la persona arrendataria podrá acogerse voluntariamente.

Pues que, respecto a la limitación de rentas, la nueva regulación de los alquileres no te afectará. La limitación del alquiler solo será de aplicación a los contratos firmados después de la publicación de la declaración de Barcelona como zona de mercado residencial tensionada.

No, no se podrán pactar nuevas cuotas gastos que no hubiesen sido pactados en el contrato anterior.

No. Si bien la ley 12/2023, de 24 de mayo limita el precio de alquiler que tendrá que tener el nuevo contrato en zonas residenciales tensionadas, no obliga al propietario a tener que hacer un nuevo contrato de alquiler con el mismo inquilino.

En el caso de Barcelona, por el hecho de que toda la ciudad haya sido declarada zona de mercado residencial tensionado, la propiedad sí que tendrá la obligación de prorrogar de manera extraordinaria los contratos de arrendamiento de vivienda si la persona arrendataria lo solicita. Esta prórroga tendrá una duración anual, pero se podrá extender un máximo de 3 años.

Esta norma se tiene que cumplir obligatoriamente tanto si la propiedad es gran tenedora como si no lo es y es aplicable en todo contrato de arrendamiento que se acabe.

La pròrroga extraordinaria es aplicable des del momento de la entrada en vigor de la Llei 12/2023 (el 26 de mayo de 2023) tan soles per a tots els contractes signats a partir de la seva entrada en vigor.

La pròrroga extraordinaria es aplicable des del momento de la entrada en vigor de la Llei 12/2023 (el 26 de mayo de 2023) tan soles per a tots els contractes signats a partir de la seva entrada en vigor.

Sí. Hay las excepciones siguientes:

  • Que haya un acuerdo de las partes que fije otros plazos o condiciones diferentes para la prórroga.
  • Que las partes hayan subscrito un nuevo contrato con las limitaciones de renta legalmente establecidas.
  • Que el arrendador necesite la vivienda para sí mismo o para su cónyuge en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial que le atribuya la vivienda habitual por sentencia judicial, o para sus familiares en primer grado (pares/madres o hijos/hijas).